En el Código de Derecho Canónico se lee claramente que el pontífice puede renunciar pero se dice poco sobre su nuevo estatus o sus responsabilidades.
Se trata de una laguna jurídica que canonistas como Rosario Vitale recomiendan resolver para que no se malinterprete su función.
ROSARIO VITALE
Autor, “Benedicto XVI. El primer Papa emérito de la Historia”
“Todavía hay una laguna en la ley sobre este argumento porque, probablemente, Benedicto XVI no tuvo el tiempo de hacer la legislación al respecto. Podía hacer un motu proprio o modificar el canon 332 párrafo 2, pero se ve que o no tuvo el tiempo o, quizás, ha dejado a otros tomar esta decisión”.
Rosario Vitale ha presentado en el parlamento italiano “Benedicto XVI. El primer Papa emérito de la Historia”. Ahí describe desde un punto de vista histórico y jurídico la renuncia de Joseph Ratzinger y de otros predecesores suyos como Celestino V.
Explica que a nivel legal, la figura de referencia para un papa emérito son los obispos eméritos. A estos, en el canon 402 del Código de Derecho Canónico, se les permite quedarse en la diócesis cuando terminan su mandato pero no es obligatorio.
Lo que está claro es que el Papa emérito ha permanecido al margen de la actividad pública. Sus apariciones o intervenciones son mínimas; las más destacadas quizás, son el libro-entrevista que dejó al periodista Peter Seewald y el largo artículo que publicó en un diario alemán sobre los abusos sexuales.