El Vaticano blinda la buena fama de los difuntos ante las acusaciones no probadas

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07/03/2025
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El Vaticano pide que no se difundan acusaciones que puedan dañar la reputación de una persona, sobre todo, si no hay una sentencia que la declare culpable en un proceso civil o eclesiástico. Y, con más énfasis aún, si dicho sujeto ha fallecido.

Es la respuesta que ha dado el Dicasterio para los Textos Legislativos a una carta que les llegó en julio, y en la que un anónimo preguntaba cómo está regulado en el derecho canónico el concepto de la buena fama de los difuntos.

Firmada por el prefecto, el arzobispo Filippo Iannone, y el secretario, monseñor Juan Ignacio Arrieta, se destaca que, en caso de fallecimiento, dicha persona no se puede defender. Además, recuerdan dos puntos clave de la legislación.

Por un lado, la presunción de inocencia hasta que no haya sentencia firme. Por otro, el principio de no retroactividad, es decir, que no se puede juzgar una acción que no estaba tipificada como delito cuando se cometió.

Ambos miembros del Dicasterio señalan, por tanto, que estas dos reglas no se pueden anular solo para publicar una noticia y, más aún, si la reputación de una persona se ve perjudicada.

Esto sucede, principalmente, en lo relativo a los casos de abusos. De hecho, en la carta hacen referencia a una de las conclusiones del papa en la cumbre antiabusos, que se celebró en 2019 en el Vaticano.

Francisco ya dijo en su momento que debe evitarse la publicación de listas de imputados, incluso por parte de las diócesis, antes de una investigación previa y de una condena definitiva.

Ahora, el Dicasterio lo reitera: no se puede divulgar información oculta sobre cualquier persona, y más si es un difunto.

CA

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