Doctrina de la Fe dictó siete sentencias sobre apariciones marianas desde mayo

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29/08/2024
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La Doctrina de la Fe implantó en mayo un nuevo sistema para entrar a valorar presuntos casos de sobrenaturalidad. Unas normas que se han aplicado con rapidez. En poco más de tres meses, ya se han pronunciado ocho veces: cuatro para dar luz verde a varias apariciones marianas y tres para emitir un dictamen negativo.

Por ejemplo, el dicasterio que dirige el cardenal Fernández ve de forma positiva y acorde a la doctrina la devoción a María Rosa Mística, en Italia, o los mensajes de la Virgen, con la advocación de Dolorosa, a dos jóvenes españolas a finales de la Segunda Guerra Mundial.

Pero hay otros tres casos que no cuentan con el visto bueno del Vaticano. Puede ser por varios motivos, como explica el mariólogo Antonio Escudero:

P. ANTONIO ESCUDERO
Experto en mariología

En las normas, hace indicación a aquellos aspectos que ya pueden inspirar motivos de tomar una posición más distanciada. Por ejemplo, cuando se detecta una determinada patología psíquica o psicológica, cuando hay intereses de tipo comercial, cuando se da una búsqueda de dominio sobre los espíritus, cuando, por ejemplo, hay una forma de crear una división o separación dentro de una determinada comunidad eclesial.

Uno de ellos es el de Trevignano. El dicasterio fue claro ya desde el primer día de la emisión de las normas.

CARD. VÍCTOR MANUEL FERNÁNDEZ
Prefecto, Dicasterio para la Doctrina de la Fe

En el caso de Trevignano, el obispo contó con el aliento de nuestro dicasterio para actuar. Ahora podemos decirlo. Antes no se decía. Podemos especificarlo: tuvo el acompañamiento y el respaldo para declararlo como no sobrenatural.

Tampoco lo es el caso de Amsterdam, al que Pablo VI ya había dicho que no veía como sobrenaturales esas apariciones en los años 40.

Estas respuestas del dicasterio se basan en seis tipos de sentencias, en base a si son acordes o no los casos a la doctrina. En ningún momento, el Vaticano declara como verídica una aparición mariana. Esta potestad solo la puede ejercer el papa, como hizo con Fátima y Lourdes.

CA

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