En el futuro la Doctrina de la Fe no declarará si presuntas apariciones son reales

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17/05/2024
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El dicasterio para la Doctrina de la Fe ha emitido nuevas normas sobre el procedimiento que se debe seguir cuando en una diócesis hay presuntos hechos sobrenaturales o apariciones.

Las normas sustituyen las de 1978, cuando estaba Pablo VI, y la principal novedad es que a partir de ahora la Iglesia no declarará si estos hechos son reales. Como máximo se podrá emitir el llamado “nulla osta”; es decir, una afirmación que, principalmente indicará que no hay inconvenientes doctrinales o evidencias de engaños o estafas hasta la fecha además de reconocer los frutos pastorales.

Para llegar a esa declaración el dicasterio ha establecido normas más concretas sobre las competencias que en estos casos tienen los obispos diocesanos, las conferencias episcopales y la Doctrina de la Fe.

En líneas generales los obispos deberán instituir una comisión en la que haya al menos un teólogo, un canonista y un perito que pueda estudiar el fenómeno en cuestión. Un delegado de esa comisión y el obispos emitirán un juicio que será examinado por Roma. Una vez estudiado y emitido el veredicto, el obispo, de acuerdo con el dicasterio de la Doctrina de la Fe, hará público el resultado.

Otro de los objetivos que persigue este documento es acelerar los procesos para dar una respuesta a los fieles lo antes posible. Los medios de comunicación y las redes sociales facilitan una rápida difusión de presuntos eventos sobrenaturales, por lo que se hace más urgente emitir una respuesta.

Además se ha constatado el problema que genera señalar si una declaración es auténtica. Por un lado hay fieles que siguen más a esa declaración que al Evangelio. Por otro lado porque hay engaños que se revelan con el paso del tiempo. De este modo la Iglesia no entrará en la cuestión de si un hecho sobrenatural es verdadero. Simplemente señalará si hasta el momento no se han relevado estafas o problemas doctrinales con respecto al mensaje y constatará la presencia de los llamados frutos pastorales: conversiones o casos en que los fieles profundizan en su fe.


JRB

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