¿Por qué proponen regular una posible incapacidad o la renuncia de un Papa?

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13/10/2022
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En una entrevista con Rome Reports, el secretario del Papa emérito, monseñor Ganswein nos revelaba que cuando Ratzinger presentó la renuncia pensaba que le quedaba poco tiempo de vida. ¡Y han pasado casi diez años! 

MONS. GEORG GANSWEIN

Prefecto de la Casa Pontificia
“Ha llegado a decirme que ‘No esperaba que la distancia, el camino desde el último día de pontificado hasta la puerta de San Pedro en el cielo fuese tan largo”.

La esperanza de vida en nuestra sociedad ha cambiado radicalmente en los últimos años y ha dado lugar a situaciones inéditas en la Iglesia. En el Vaticano hemos visto a dos papas conviviendo en el mismo territorio durante mucho tiempo: uno en activo y el otro emérito.

Una situación que ha llamado la atención de un grupo de canonistas liderados por la Universidad de Bolonia. Este mes de octubre se han reunido en Torino para reflexionar sobre este tema: dar un marco legal al estatus de Papa emérito.

ANDREA ZANOTTI
Canonista, Universidad de Bolonia
El perfil jurídico y el estatus del Papa que ha renunciado debe ser regulado de alguna manera por la ley.

Y no solo hablaron sobre qué hacer jurídicamente con un Papa que renuncia. También estudiaron otro posible escenario: el de que un pontífice en activo que sufra un accidente o enfermedad repentina que le haga incapaz de gobernar sin haber renunciado. 

ANDREA ZANOTTI
Canonista, Universidad de Bolonia
'La Sede Apostólica Totalmente Impedida es una hipótesis ya prevista en el Código de Derecho Canónico. Sin embargo no se ha desarrollado esta legislación especial, aún no ha visto la luz'.

Expertos jurídicos de diversos países tienen claro que es preciso llenar un vacío legal, antes de que se den situaciones de crisis. 

ILARIA ZUANAZZI
Canonista. Universidad de Turín.
'Falta una regulación integral de estas dos situaciones extraordinarias, y se necesita una legislación para la previsión de hipotéticas situaciones que puedan surgir en el futuro y que es importante que se regulen adecuadamente”.

Hay muchas preguntas abiertas ante una posible incapacidad de un Papa. ¿Quién es competente para certificarla? ¿Quién se quedaría al frente de la Santa Sede y por cuánto tiempo? Son cuestiones a las que este grupo de canonistas da una respuesta jurídica. 

Su propuesta es que, en caso de la llamada Sede Apostólica Impedida sería el Decano del Colegio Cardenalicio quien debe hacer las comprobaciones necesarias. Tanto él como el Camarlengo deben solicitar una pericia médica. Y corresponde al Colegio Cardenalicio decidir sobre esa certificación. Si se trata de una incapacidad temporal se formaría un grupo de cinco cardenales para gestionar las cuestiones más urgentes. 

En el caso de que esa incapacidad fuera permanente, algo que debe acreditarse por una mayoría de dos tercios del Colegio Cardenalicio, se aplicaría la declaración de Sede Vacante. Un caso semejante a si el pontífice hubiera fallecido. De esta forma, se abriría el proceso para convocar un Cónclave del que surgiría un nuevo obispo de Roma.  

Durante este mes de octubre, más de 80 expertos en Derecho Canónico reunidos en Turín han coincidido en la necesidad de modificar la legislación

ILARIA ZUANAZZI
Canonista. Universidad de Turín.
'Nos alegró comprobar que nuestros compañeros, todos ellos, también estaban de acuerdo en la necesidad de sacar adelante estos proyectos de ley.

A partir de ahí, las conclusiones de este grupo sobre la posible incapacidad de un Papa o sobre la renuncia se presentarán al Vaticano en los primeros meses de 2023.

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